Requisitos y deberes
Requisitos

Para adquirir la condición de gestor administrativo se requiere:

  • Ser español o extranjero residente en España de país que conceda reciprocidad de títulos y categorías.

  • Ser mayor de edad.

  • No haber sido condenado a penas que inhabiliten para el ejercicio de funciones públicas.

  • Acreditar por medio de certificación del Consejo General de Colegios que en sus archivos no constan antecedentes desfavorables.

  • Superar las pruebas de aptitud que se exijan.

  • Estar dado de alta en los impuestos que correspondan a la profesión de Gestor Administrativo.

  • Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:

    • Licenciado en Derecho

    • Licenciado en Ciencias Económicas

    • Licenciado en Ciencias Empresariales

    • Licenciado en Ciencias Políticas

Deberes

Son obligaciones generales de los gestores administrativos:

  • Ejercer la profesión con arreglo a sus disposiciones reguladoras.

  • Conservar constancia de los asuntos tramitados, de acuerdo con la naturaleza específica de cada despacho, durante un periodo de cinco años, contados desde la terminación del asunto.

  • Hacer constar en todos los documentos y escritos relativos a su actividad profesional, su nombre y apellidos, condición de colegiado y sello profesional y en su caso, el logotipo.

  • Someterse en todo momento a las normas de protección de los valores y derechos constitucionales.

  • Pedir la venia para encargarse de la gestión de asuntos encomendados previamente a otros profesionales para observar las reglas de consideración.

  • Guardar el secreto profesional de lo que conozcan por razón de su actividad.

  • Mantener su formación profesional en permanente estado de actualización.

  • Suscribir y mantener en vigor una póliza de responsabilidad civil que garantice su actuación en las formas y cuantía que prevea el Estatuto Profesional.

  • Informar, aconsejar y asesorar a sus clientes, a los efectos del más eficaz desarrollo del procedimiento administrativo en el que tenga lugar su actuación, actuando en todo caso en régimen de libre competencia.

  • Ejercer personalmente la profesión sin interposición de persona alguna, así como mantenerse en alta en el Colegio de Gestores Administrativos correspondiente a su domicilio profesional.

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