Presupuestos canarios: novedades tributarias
La Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023 (BOC nº 257 de 31/12/2022) incluye los siguientes contenidos en materia tributaria:
AIEM
Modificación de la Ley 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las islas Canarias: se modifican diversas posiciones estadísticas (Disposición final octava).
IGIC
- Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (Disposición final sexta):
- Se modifica el artículo 50 referido a las exenciones del IGIC para determinas operaciones interiores.
- Se modifica el artículo 51 referido a los tipos de gravamen.
- Se modifica el artículo 52 referido al tipo de gravamen cero.
- Se modifica el artículo 54 referido al tipo de gravamen reducido del 3 por ciento.
- Se modifica el artículo 56 referido al tipo de gravamen incrementado del 15 por ciento.
- Se modifica el artículo 58 referido a los tipos de gravamen aplicables a las operaciones relacionadas con las viviendas.
- Se modifica el artículo 59 referido a los tipos de gravamen aplicables a las entregas, importaciones, arrendamientos y ejecuciones de obras de vehículos.
- Se modifica el artículo 60 referido al tipo de gravamen aplicable a las entregas, arrendamientos y ejecuciones de obras de buques, embarcaciones y artefactos navales.
- Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2023, se aplicará el tipo cero en el IGIC la importación y entrega de determinados bienes destinados a la actividad ganadera (Disposición final séptima).
Medidas extraordinarias por la erupción en La Palma
Modificación del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma: se modifica el artículo 4 referido al tipo cero del IIGIC aplicable a determinadas operaciones (Disposición final novena).
Combustibles
Se modifica la Ley 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo en los siguientes aspectos (Disposición final quinta):
- Se modifica el artículo 12 bis referido a las devoluciones a agricultores y transportistas.
- Se añade una disposición transitoria única referida a la declaración de comunicación a la Agencia Tributaria Canaria para el año 2023.
Tasas y precios públicos
- El importe de las tasas de cuantía fija experimentará, para el ejercicio 2023, un incremento general del 1% (Artículo 66).
- Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio (Disposición final primera).
IRPF
Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril (disposición final décima séptima).
Se establecen tres medidas en el tramo autonómico del IRPF, que ya tendrán efecto desde el 1 de enero de 2022, con lo que se podrán incluir en la próxima campaña de la renta:
- Se mejoran la mayoría de las deducciones autonómicas existentes (sustituyendo a estas), durante los períodos impositivos 2022 y 2023.
- Se crea una nueva deducción extraordinaria por alza de precios, aplicable durante el ejercicio 2022, para los contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros en tributación individual, o 40.000 euros en tributación conjunta.
- Se establece un ajuste de la escala autonómica hasta un 4,5% de forma progresiva, para las bases liquidables hasta 53.407,21 euros.
Delegación legislativa en materia tributaria
Se prorroga la autorización al Gobierno para que se elabore un texto refundido de la normativa vigente aprobada por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación al IGIG y el AIEM y proceda a su regularización, aclaración y armonización (Disposición adicional sexagésima sexta).
Ley Tributaria Canaria
Modificación de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias: se modifica la disposición adicional décima referida a la información, control y evaluación de ayudas fiscales (Disposición final décima sexta).
Agencia Tributaria Canaria
- Se establece como recurso de la Agencia Tributaria Canaria, destinado a la financiación de los mayores gastos de funcionamiento e inversiones que pudieran producirse como consecuencia de su actividad, un porcentaje del 2,5% de la recaudación que se derive de los actos de liquidación y de gestión recaudatoria o de otros actos administrativos acordados o dictados por la Agencia en el ámbito de la aplicación de los tributos y de la potestad sancionadora tributaria que tiene encomendada (Disposición adicional sexagésima primera).
- Afectación de crédito de la Agencia Tributaria Canaria (Disposición adicional sexagésima cuarta).
Fte. ATC. 2/1/23