El Gobierno ha dado un paso decisivo en la implantación de la factura electrónica obligatoria al aprobar el Real Decreto que desarrolla esta medida, prevista en la Ley Crea y Crece. Según ha confirmado la Agencia Tributaria, la entrada en vigor efectiva dependerá de la puesta en marcha de un repositorio público de facturas, una plataforma central que permitirá registrar y controlar las operaciones entre empresas y profesionales.
La obligación se aplicará únicamente a las operaciones entre empresarios y profesionales (B2B). Las facturas dirigidas a consumidores finales no estarán sujetas a esta exigencia y podrán seguir emitiéndose en formato simplificado.
La Agencia Tributaria ha confirmado que la orden ministerial que regulará el repositorio público estará lista previsiblemente en julio de 2026. A partir de ese momento, comenzarán a contar los plazos de adaptación:
Esta implantación escalonada busca facilitar la adaptación progresiva del tejido empresarial, especialmente de los negocios de menor tamaño.
La factura electrónica obligatoria se complementa con el Reglamento de Programas de Facturación (VeriFactu), que establece los requisitos técnicos que deberán cumplir los sistemas informáticos de facturación. Dado que la entrada en vigor de este reglamento se ha retrasado, ambas normativas comenzarán a aplicarse de forma obligatoria a partir de 2027, coincidiendo en el tiempo.
El objetivo principal de esta obligación es reducir la morosidad, mejorar el control de los plazos de pago y avanzar en la digitalización de las relaciones económicas entre empresas y profesionales. La factura electrónica permitirá una mayor trazabilidad de las operaciones y facilitará la supervisión por parte de la Administración.
Este resumen se basa en la información publicada por Autónomos y Emprendedores, en el artículo “Hacienda confirma cuándo entra en vigor la factura electrónica para autónomos y pymes”, de fecha 25 de marzo de 2026.