El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha desplegado un paquete de medidas para paliar los efectos económicos de la erupción de un volcán en la zona de Cumbre Vieja en la isla canaria de La Palma el pasado 19 de septiembre.
ERTE
Las empresas afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja, que tengan códigos de cuenta de cotización correspondientes a las provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias, que hayan visto o vean impedido o limitado el desarrollo de su actividad, podrán solicitar la aplicación de un ERTE de impedimento o limitación. Las empresas se beneficiarán de exoneraciones de:
Las personas trabajadoras afectadas por estos ERTE percibirán la prestación por desempleo de nivel contributivo correspondiente, que no computará a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción a los que tengan derecho.
Prestación extraordinaria para autónomos
Aquellos trabajadores y trabajadoras autónomos que se vean obligados a suspender o cesar su actividad como consecuencia directa de este suceso podrán recibir la prestación por cese de actividad sin que los primeros cinco meses de percepción le computen. Además, se considerará como cumplido el requisito de periodo mínimo de cotización de 12 meses.
Esta prestación puede rondar los 1.000 euros al mes para autónomos que coticen por la base mínima –incluyendo la exoneración de cuotas– mientras que dure esta prestación. Esta medida podrá beneficiar a unos 5.700 autónomos.
Aplazamiento de cuotas
Las empresas y autónomos con Código de Cuenta de Cotización en las Islas Canarias afectados por la erupción podrán solicitar el aplazamiento de las cotizaciones a la Seguridad Social de los próximos cuatro meses con un interés reducido (del 0,5% frente al 3,75% establecido por ley/ 7 veces menor al habitual).
El plazo de amortización de estos aplazamientos a tipos reducidos será de cuatro meses por cada mensualidad solicitada y se tendrá que realizar la solicitud de los mismos dentro de los diez primeros días de cada mes.
Moratoria en el pago de cuotas
Las empresas y autónomos con Código de Cuenta de Cotización en las Islas Canarias afectados por la erupción podrán solicitar una moratoria de hasta un año en el pago de las próximas cuotas a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.
Esta moratoria no tiene intereses ni recargos en el pago.
No podrán solicitar esta moratoria las empresas que sean beneficiarias de exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social (tanto por ERTE como por la prestación de autónomos).
Ayudas por COVID-19 (ERTE o prestación extraordinaria de autónomos) solicitadas con anterioridad.
Únicamente se prevén restricciones para la solicitud de la moratoria, pero no del aplazamiento a tipo reducido. Así, si se han obtenido exenciones por ERTE, no se puede aplicar a los CCC beneficiados por tales exenciones la moratoria detallada con anterioridad.
Las empresas que tuvieran autorizado un ERTE COVID-19, pueden solicitar un ERTE específico por limitación o impedimento por la erupción del volcán y se aplicarán las exenciones correspondientes a este último siempre que cumpla los requisitos.
Las ayudas por COVID-19 (ERTE o prestación extraordinaria de autónomos) resultan compatibles con el aplazamiento de cuotas a interés reducido descrito con anterioridad, siempre que siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la norma, es decir, que se encuentre al corriente de pagos con la Seguridad Social y no exista aplazamiento en vigor.
Asimismo, no se podrán solicitar simultáneamente la moratoria y el aplazamiento de cuotas. La moratoria se establece como alternativa al aplazamiento, solicitado el aplazamiento no se podrá solicitar la moratoria.
Puede ampliar la información sobre los ERTE y la prestación extraordinaria de autónomos en el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo y sobre el aplazamiento y la moratoria en las cuotas en este enlace al Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma
Información publicada en https://revista.seg-social.es/