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¿Cuánto se debe pagar a un empleado por trabajar un festivo?

Si cuenta con empleados cuya jornada se realiza habitualmente en domingos y festivos (por ejemplo, tiene un establecimiento que abre esos días), abone el salario que fije su convenio en proporción a la jornada trabajada. Si de forma excepcional un empleado debe trabajar en festivo, compense las horas con descanso o págueselas incrementadas en un 75%.

Una cuestión que suscita muchas dudas entre los trabajadores es si es obligatorio o no trabajar durante un día festivo. Aunque podemos ver que existen muchas situaciones en las que los trabajadores prestan sus servicios durante los festivos, hay que examinar la Ley para ver si se trata de una cuestión obligatoria o no.

El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho del trabajador a las «fiestas laborales», que son 14 días al año en los que el trabajador cobra su sueldo, pero no tiene que ir a trabajar ni recuperarlos otro día.

Los festivos son un derecho irrenunciable del trabajador, que no se puede sustituir por una compensación económica.

No obstante, cuando existan razones técnicas u organizativas que impidan disfrutar del descanso, o que hagan que la empresa necesite a los trabajadores en un festivo, estos tendrán que trabajar en dichos días.

Aunque los trabajadores tienen derecho a 14 días festivos retribuidos al año, por razones técnicas u organizativas, la empresa puede pedirles que trabajen en días festivos. En estos casos, la empresa tendrá que compensar a los trabajadores.

¿Qué sucede con la retribución en esos días?

Para retribuir esas horas, lo primero que debe hacer es ver si su convenio le obliga a abonar una determinada compensación.

Si su convenio no regula esta cuestión:

  • Una opción es ofrecer un descanso compensatorio igual al número de horas trabajadas en festivo o en el día de descanso.
  • Si no compensa las horas trabajadas con descanso, deberá abonar el importe de las horas trabajadas en festivo o en el período de descanso semanal incrementadas en un 75%.

Las normas indicadas se aplican si el trabajo en festivo o en día de descanso es excepcional y su realización obedece a razones técnicas u organizativas. Si usted cuenta con empleados cuya jornada se realiza habitualmente en domingos y festivos (por ejemplo, tiene un establecimiento que abre esos días), abone el salario que fije su convenio en proporción a la jornada trabajada.

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